ESTATUTOS
DENOMINACIÓN Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN
NOMBRE Y RAZÓN SOCIAL
Con la denominación de “SweetWorld S.Coop” se constituye una sociedad cooperativa comercial dotada de plena personalidad jurídica.
OBJETO SOCIAL
El objeto social y las actividades económicas que para el cumplimiento del mismo desarrollará la cooperativa será el adquirir y comercializar productos.
DURACIÓN DE LA ACTIVIDAD..
La cooperativa se constituye desde el 13 de septiembre de 2011 hasta el 31 de mayo de 2012..
DOMICILIO SOCIAL
El domicilio esta situado en el instituto IES Eskurtze, Calle Eskurtze, 11, 48012 Bilbao.
ÁMBITO TERRITORIAL
El ámbito territorial, dentro del cual a de estar situada la actividad de los socios, es el correspondiente a la provincia de Bizkaia, sin perjuicio de que para completar y mejorar sus fines, puedan realizar actividades instrumentales y tener relaciones con terceros fuera de la provincia.
DE LOS SOCIOS
PERSONAS QUE PUEDEN SER SOCIOS
Pueden ser socios de estas cooperativa las personas físicas, los alumnos del ciclo grado medio comercio marketing matriculados en el 2011-2012
ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE SOCIO
1. Para adquirir la condición de socio, en el momento de la constitución de la cooperativa, será necesario:
a) Estar incluido en la relación de matriculados en el ciclo, que se expresa en la escritura de constitución de la sociedad.
2.Para adquirir la condición de socio con posterioridad a la constitución de la cooperativa, será necesario:
a)Ser admitido como socio.
DERECHO DE LOS SOCIOS.
Los socios tendrán los siguientes derechos:
a) Participar en el objeto social de la cooperativa.
b) Ser elector y elegible para los cargos sociales.
c) Participar con voz y voto en la adopción de acuerdos de la Asamblea General
y demás órganos sociales de los que formen parte.
d) Obtener información sobre cualquier aspecto de la marcha de la cooperativa
en los términos establecidos legalmente.
e) Darse de baja en la cooperativa, cumpliendo los requisitos legales.
f) Percibir intereses cuando procedan.
g) Participar en los excedentes, en proporción a la actividad desarrollada en la
cooperativa.
i) Participar en las actividades de formación e intercooperación de la entidad.
OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.
Los socios tendrán las siguientes obligaciones:
a) Asistir a las reuniones de la Asamblea General y demás órganos de la
cooperativa a las que fuesen convocados.
b) Cumplir lo regulado en estos estatutos, el Reglamento de Régimen Interno y los
acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales de la cooperativa.
d) No realizar actividades de la misma índole que las propias de la cooperativa,
ni colaborar con quien las realice, salvo autorización expresa del Consejo
Rector.
e) Guardar secreto sobre aquellos asuntos de la cooperativa cuya divulgación
pueda perjudicar los intereses lícitos de ésta.
f) Aceptar los cargos sociales para los que fuesen elegidos, salvo causa
justificada de excusa.
g) Participar en las actividades de formación e intercooperación de la entidad.
i) Cumplir con las demás obligaciones que resulten de los preceptos legales y
estatutarios.
ORGANOS DE LA SOCIEDAD
LA ASAMBLEA GENERAL COMPOSICIÓN Y CLASES
a) La Asamblea General, constituida validamente, es la reunión de los socios para deliberar y tomar acuerdos, como órgano supremo de expresión de la voluntad social.
b) Los acuerdos de la asamblea general adoptados conforme a las Leyes y a estos Estatutos, obligan a todos los socios, incluso a los disidentes y a los que no hayan participado en la reunión.
c) Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias o extraordinarias.
d) La Asamblea General ordinaria tiene por objetivo principal examinar la gestión social, aprobar si se procede las cuentas anuales, resolver sobre la imputación de los excedentes o, en su caso, de las perdidas y establecer la política general de la Cooperativa. En el orden del día de la Asamblea ordinaria, además de los asuntos del objeto principal con la misma se podrán incluir también cuales quiera otras propios de la cooperativa.
e) Todas las demás asambleas tienen el carácter de extraordinarias.
COMPETENCIA
La Asamblea General puede debatir sobre cualquier asunto de interés de la cooperativa pero solo podrá decidir sobre cualquier materia incluida en el orden del día que no sea competencia exclusiva de otro órgano social.
FORMA DE LA CONVOCATORIA
La convocatoria de la Asamblea General deberá efectuarse en la clase correspondiente EJE VANALON. Todos los socios han de poder tener noticia de la convocatoria con una antelación mínima.
DERCHO DE VOTO. VOTO POR REPRESENTANTE
Cada socio tiene derecho a un numero de votos en función del volumen de su participación en las actividades cooperativizadas. Cada socio un voto.
ADOPCIÓN DE ACUERDOS
La asamblea general adoptara los acuerdos por mayoría simple de los validamente emitidos.
EL CONSEJO RECTOR
NATURALEZA Y COMPETENCIA
El consejo rector es el órgano del gobierno, gestión y representación de la cooperativa con sujeción a la Ley, a estos estatutos y a la política general fijada por la Asamblea General.
COMPOSICIÓN
El Consejo Rector se compone del conjunto de socios.
REPARTO DE TAREAS
1.Planificación, organización y programación: Zuriñe y Asier
2.Dpto. de Marketing: Tatiana, Maitane V. y Juantxu
3.Dpto. de Compra y venta: Leire y Maitane G.
REGIMEN ECONÓMICO
RESPONSABILIDAD
Los socios no responderán personalmente de las deudas sociales.
CAPITAL SOCIAL
El capital de inversión se fija en la subvención que nos de Tknika, se dividirá en participaciones teniendo en cuenta el importe de la subvención.
APORTACIONES ADICIONALES
La Asamblea General podrá acordar la realización de aportaciones adicionales al capital social.
DISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS
Las perdidas o ganancias se repartirán a partes iguales entre todos los socios
DE LOS LIBROS Y CONTABILIDAD
DOCUMENTACIÓN SOCIAL
1. La cooperativa llevará en orden y al día al menos los siguientes Libros:
a)Libro de Registro de Socios.
b)Libro de Registro de Aportaciones al Capital Social.
c)En materia de contabilidad: Libros de Inventarios y Balances, Libro Diario y los que establezca, en su caso la legislación especial por razón de su actividad empresarial.
2. La contabilidad y los Libros se ajustaran a lo establecido en la normativa contable. Podrá llevarse otro sistema de documentación, autorizado por el departamento competentes que ofrezca garantía análogas a las de los libros oficiales antes citado, así como asientos y anotaciones efectuadas por procedimientos informáticos, en los términos establecidos.
DISOLUCIÓN
La cooperativa se disolverá por acuerdo de la asamblea general el 31 de mayo del 2012